Como todos sabéis a partir del próximo lunes día 4 de Marzo y durante dos semanas se van a proceder a entregar las cartas de despido a los compañeros afectados por el Expediente de Despido Colectivo.
La empresa para este trámite echará mano de los managers para dar la noticia. En principio, junto con los afectados estarán RRHH y el manager. Ya sabéis que podéis pedir el apoyo de cualquiera de nuestros delegados de STC si lo consideráis oportuno.
Lo que nos presentarán cuando estemos en la sala es:
CARTA DE DESPIDO: en este escrito estará incluido los motivos por los que Vodafone ha decidido hacer el ERE (gráficas de evolución del negocio, tablas con ingresos, gastos,...). Dentro de esta carta también va incluido la fecha en la que se hace efectivo tu cese de la compañía.
FINIQUITO E INDEMNIZACIÓN: la carta del finiquito es una carta independiente de la anterior. El contenido de esta carta es el importe que la empresa te tiene que dar por los servicios prestados hasta la fecha y que te corresponde, como por ejemplo:
o Importe por los días de vacaciones pendientes de disfrutar.
o Importes de horas extras, guardias,... pendientes de abonar.
o Días sueltos no abonados,
o Regularizaciones de otro tipo.
o En esa carta de finiquito también hará mención a si hay algún pago pendiente de hacer por parte de Vodafone se hará por transferencia bancaria. Este es el caso del STIP del año fiscal 2012-2013 si llegado el caso se cobra.
o Según nos ha comunicado la empresa una vez que se firme el finiquito, el último día antes de causar baja en la empresa, en un plazo de 72 horas recibirás por transferencia bancaria la cantidad que te corresponde.
Desde STC os informamos de las opciones que el trabajador tiene a la hora de firmar o no:
o Se puede Firmar (cobrarías la cantidad).
o No Firmar (no cobrarías la cantidad, la empresa lo depositaría en un juzgado hasta que se llegue a un acuerdo entre trabajador y empresa).
o Firmar como NO CONFORME (cobrarías la cantidad)
o En cualquiera de los casos anteriores se puede incluir la nota "IMPORTE DEBIDO PENDIENTE DE COBRO" y la fecha real del día en que te la entregan (también cobrarías la cantidad). En este último caso, que te prometan que te van a hacer una transferencia en 72 horas NO ES HABER COBRADO, sino que te han prometido que lo vas a cobrar.
o Sería interesante que tuvierais el finiquito e indemnización hechos para ver si más o menos os cuadra con lo que la empresa dé en el caso de que así suceda.
Otro punto sobre el que queríamos informaros es el STIP: En el caso de que se cobre, la empresa nos ha dicho que se abonará también por transferencia bancaria en el mes que se pague a todos los empleados en activo. Como en los casos anteriores, de empleados que han causado baja en el pasado, no hay que volver a firmar nada a Vodafone.
Es IMPORTANTE saber que de cualquier manera, si compruebas más tarde, ya fuera de Vodafone, que las cantidades a percibir y/o percibidas no son las correctas, tienes hasta un año para hacer una reclamación de cantidad.
Os podéis descargar en formato PDF en este enlace.
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